Extienden plazo de pago parciales y convenios de purga de mora

Redactado por Yuliana Ramos

El objetivo de ampliar los plazos de mora, es darle una mejor facilidad de pago al empleador, de tal manera que disminuya el valor del dividendo mensual a ser cancelado. Esto se da a través de la Resolución 625, misma que dispone una ampliación de plazo en el caso de acuerdos de pagos parciales hasta tres años, que equivalen a 36 meses y en el caso de convenios de purga de mora hasta 10 años plazo.

La decisión de acuerdos de pagos parciales y convenios de purga de mora fue tomada por el consejo directivo del IESS a través de la resolución administrativa del consejo directivo 625, misma que está vigente desde el primero de enero de 2021.

En la actualidad cuentan con un convenio transitorio, que incluye valores por conceptos de planillas, glosas, títulos de crédito y convenios que hayan sido incumplidos con anticipación. Además, este convenio tiene un plazo máximo 12 meses, sin embargo, las solicitudes pueden ser ingresadas hasta 180 días de iniciado el año, es decir, que hasta el mes de junio estarán receptando las solicitudes.

Cabe recalcar que dentro de estos nuevos convenios ya sean de transitorio o los nuevos que se vayan a celebrar se tendrá que dar una cuota inicial. Así mismo, los valores correspondientes a rubros de honorarios de abogados. En el caso de títulos de créditos que ya hayan sido iniciados se tendrán que cancelar valores por concepto de intereses y los gastos administrativos que se dan dentro de la institución.

A diferencia de años anteriores que tenían menos plazo, pero no se cancelaban estos rubros anticipadamente. Ahora se extiende el plazo, pero se tiene que recaudar estos rubros para poder suscribir o celebrar el convenio.

Para que la ciudadanía no exceda los límites de plazos de pago, han establecido mediante ley que las obligaciones patronales deben ser canceladas hasta el décimo quinto día del mes siguiente incurrido el periodo de afiliación.

Las personas que se encuentren en mora patronal con el IESS, acercarse para que en el plazo de 180 días contados a partir del primero de enero ingresen su solicitud vía web www.iess.gob.ec llenando los formatos que se han establecido.

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