Conductor obtuvo licencia fraudulenta y conducía en estado de embriaguez

Loja.- En la audiencia de formulación de cargos realizada en la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de Loja, los jueces decidieron negar el pedido de Hábeas Corpus, solicitada por la defensa del conductor que ocasionó el accidente de tránsito la madrugada del domingo.
En las calles Bernardo Valdivieso y Sozoranga, Marco P. P., de 36 años, mientras realizaba labores de limpieza, murió arrollado por un vehículo marca KIA, placa HBB-3610, conducido por César A. P., en estado de ebriedad.
Además, él circulaba a exceso de velocidad y luego de golpear violentamente el cuerpo de Marco, chocó contra otro automóvil, estacionado en esa calle, cerca del Parque Infantil.
En la audiencia del martes, se negó el pedido de Hábeas Corpus presentada por el abogado defensor, pues alegaban que la aprehensión se realizó no apegado a la ley. Esa solicitud generó malestar en los compañeros de Marco, quienes se concentraron en las afueras del juzgado para reclamar y evitar una injusticia.
Se conoció que el ahora acusado, obtuvo su licencia de conducir de forma fraudulenta y el día del accidente, tenía 1.58 grados de alcohol en su sangre. El Artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal, señala: Muerte causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan.- La persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a doce años, revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos. (I).

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